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30 de julio del 2018

SUNAT PUBLICA NORMAS SOBRE EL RÉGIMEN DE REPRATIACIÓN DE CAPITALES REFERIDAS A DISPOSICIONES VINCULADAS A LOS PROCEDIMIENTOS DE FISCALIZACIÓN, NULIDAD DE OICIO Y PAGO DE LA DIFERENCIA EN LAS TASAS APLICABLES

Mediante la Resolución de Superintendencia No. 180-2018/SUNAT, publicada el 27 de julio de 2018, se han establecido disposiciones referentes a los procedimientos de fiscalización, nulidad de oficio y pago derivado de la diferencia en las tasas aplicables vinculados al Régimen Temporal y Sustitutorio del Impuesto a la Renta (en adelante, el Régimen).

En primer lugar, se establece el procedimiento que debe seguir la SUNAT a efectos de declarar la nulidad de oficio del acogimiento al Régimen, en caso se verifique que el contribuyente se encuentra en alguna causal de exclusión. En dicho supuesto, la SUNAT deberá otorgar al contribuyente cinco (5) días hábiles para la presentación de sus descargos en el lugar que indique la carta notificada por la SUNAT o a través de SUNAT Virtual.

En segundo lugar, se regula la presentación virtual de documentos en el procedimiento de fiscalización del Régimen. Así, si en el requerimiento de información se indica que la presentación de sustento puede realizarse de forma física o virtual, el contribuyente podrá presentar la información solicitada a través de SUNAT Virtual, la cual podrá ser cargada al sistema hasta la fecha y hora indicada en el requerimiento.

Las solicitudes de prórroga del plazo otorgado por la SUNAT para atender el primer requerimiento también se pueden presentar a través de SUNAT Virtual.

Nótese que, si se opta por presentar información a través de SUNAT Virtual, solo se podrán adjuntar hasta 50 archivos de peso máximo de 1 megabyte cada uno.

Finalmente, se regula el mecanismo para el pago derivado de la diferencia de las tasas aplicables al Régimen (la tasa del 10% vs. la tasa del 7%). Dicho pago deberá realizarse a través de SUNAT Virtual y por el íntegro de la diferencia de tasas que se consigne, más los intereses moratorios calculados desde el 30 de diciembre de 2017 hasta la fecha de pago.