INFORMATIVO TRIBUTARIO

Criterios de interpretación

« Regresar

16 de mayo del 2017

SUNAT PRECISA QUE LA DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES POR LOS CONTRIBUYENTES COMPRENDIDOS EN LA LEY 27037 SEGUIRÁN AFECTOS A UNA TASA DE 4,1%

Mediante el Informe No. 036-2017-SUNAT/5D0000, la SUNAT ha precisado que los dividendos y otras formas de distribución de utilidades otorgados por los contribuyentes  comprendidos en los alcances de la Ley 27037 —Ley de Promoción de la Inversión en la Amazonía, Ley que aprueba las normas de Promoción del Sector Agrario, Ley de Promoción para zonas altoandinas; Ley de Zona Franca y Zona Comercial de Tacna y normas emitidas en relación a los CETICOS— a favor de personas naturales y jurídicas no domiciliadas permanecen afectos a una tasa de 4.1% del IR.