INFORMATIVO TRIBUTARIO

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19 de marzo del 2020

SUNAT APLICARÁ DISCRECIONALIDAD EN LA ADMINISTRACIÓN DE SANCIONES POR INFRACCIONES TRIBUTARIAS INCURRIDAS DURANTE EL ESTADO DE EMERGENCIA

Mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos No. 008-2020-SUNAT/700000, publicada el 18 de marzo de 2020, la SUNAT ha dispuesto aplicar la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tributarias en que incurran los deudores tributarios durante el Estado de Emergencia Nacional, incluyendo aquellas infracciones cometidas o detectadas a partir el 16 de marzo de 2020.

No obstante, no procede la devolución ni compensación de los pagos vinculados a las infracciones que son materia de discrecionalidad efectuados con anterioridad a esta Resolución.