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20 de diciembre del 2024

SE PUBLICA LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE ADUANAS QUE APRUEBA LA FACULTAD DISCRECIONAL PARA NO SANCIONAR INFRACCIONES PREVISTAS EN LA LEY GENERAL DE ADUANAS RELACIONADAS AL RÉGIMEN DE TRANSBORDO

El 10 de diciembre de 2024 se publicó la Resolución No. 000027-2024-SUNAT/300000, mediante la cual se aprueba la facultad discrecional para no sancionar infracciones previstas en la Ley General de Aduanas vinculadas a la implementación del proceso de transbordo digital.

Concretamente, la aplicación de esta facultad discrecional comprende a las infracciones por falta de transmisión de información o entrega de documentación necesaria para la regularización del régimen aduanero, cometida por despachadores de aduana, transportistas o sus representantes en el país y agentes de carga internacional. Asimismo, se requiere el cumplimiento de tres condiciones: que la regularización corresponda al régimen de transbordo, que la infracción haya ocurrido entre el 18 de noviembre de 2024 y el 18 de febrero de 2025, y que la información omitida haya sido transmitida o registrada posteriormente.

Esta resolución entró en vigor el 11 de diciembre de 2024.