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18 de diciembre del 2019

SE PRORROGAN BENEFICIOS TRIBUTARIOS VINCULADOS AL IGV Y LA VIGENCIA DE LA DEVOLUCIÓN DE LOS IMPUESTOS QUE GRAVAN LAS ADQUISICIONES CON DONACIONES

Mediante el Decreto de Urgencia No. 024-2019, publicado el 12 de diciembre de 2019, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020, la vigencia de la devolución de impuestos que gravan las adquisiciones que se realizan con donaciones del exterior e importaciones de misiones diplomáticas y otros, contenida en el Decreto Legislativo No. 783.

Asimismo, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2020 la exoneración del IGV por la emisión de dinero electrónico efectuada por las empresas emisoras de dinero electrónico, regulada en la Ley No. 29985.

Por último, se prorrogan hasta el 31 de diciembre de 2020 las exoneraciones contenidas en los Apéndices I y II de la Ley del IGV.

El mencionado Decreto de Urgencia entrará en vigencia el 1 de enero de 2020.