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3 de mayo del 2023

SE PRORROGA LA VIGENCIA DE LAS EXONERACIONES DEL ARTÍCULO 19 DE LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DEL 2026

Mediante el Decreto Legislativo No. 1549, publicado el 22 de abril de 2023, se prorroga la vigencia de las exoneraciones del artículo 19 de la Ley del Impuesto a la Renta, aplicables a las rentas de fundaciones y asociaciones sin fines de lucro que cumplan determinados requisitos, así como las rentas de instituciones religiosas, entre otras. Adicionalmente, conforme a este decreto legislativo, la SUNAT deberá publicar anualmente, la lista de las sociedades o instituciones religiosas, fundaciones afectas y asociaciones sin fines de lucro exoneradas del Impuesto a la Renta, así como la suma de las rentas netas exoneradas.

El Decreto Legislativo No. 1549, emitido al amparo de las facultades legislativas otorgadas al Poder Ejecutivo mediante la Ley No. 31696, entrará en vigencia el 1 de enero del 2024.