Actualidad
SE PRORROGA BENEFICIO DE LA TASA REDUCIDA DEL IGV PARA LAS MICRO Y PEQUEÑAS EMPRESAS DE LOS RUBROS DE RESTAURANTES HOTELES Y ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS HASTA EL EJERCICIO 2027
El 29 de diciembre de 2024 se publicó la Ley No. 32219 que tiene como objetivo apoyar la reactivación económica de las micro y pequeñas empresas de los sectores de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos, a través de una tasa especial y temporal del Impuesto General a las Ventas (IGV).
Se establece que la tasa de IGV será del 8% para los años fiscales 2025 y 2026, la cual estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2026. Posteriormente, la tasa del IGV se incrementará al 12% desde el 1 de enero de 2027 hasta el 31 de diciembre de 2027.