INFORMATIVO TRIBUTARIO

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18 de agosto del 2021

SE PROPONE MODIFICAR EL SISTEMA DE PAGO DE DEVENGADO PARA EL IMPUESTO A LA RENTA EN EL CASO DE LAS MICRO, PEQUEÑA Y MEDIANAS EMPRESAS

Mediante el Proyecto de Ley No. 010-2021-CR, publicado el 11 de agosto de 2021, se pretende modificar la determinación del Impuesto a la Renta del Régimen MYPE Tributario (RMT) para que, a fin de determinar la renta neta, se considere que las rentas obtenidas y los gastos efectuados por los sujetos acogidos al RMT son producidos en el ejercicio comercial en que se perciban y desembolsen.

También se plantea que, para efectos de los pagos a cuenta, los sujetos cuyos ingresos netos anuales que no superen las 1,700 UIT pagarán la cuota que resulte de aplicar el 1% a los ingresos netos obtenidos en el mes, así como aquellos sujetos que superen dicho límite pagarán la cuota que resulte de aplicar el 1.5% a los ingresos netos obtenidos en el mes. Dichos ingresos netos serán imputados al mes en que se perciban.