Proyectos de Ley
SE PROPONE APLICAR LA DEDUCCIÓN DE 50 UIT A LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO PREDIAL DE LOS ADULTOS MAYORES RESIDENTES EN EL EXTERIOR
El 06 de enero de 2025, se presentó el Proyecto de Ley No. 9836/2024-CR, que propone modificar el artículo 19 del Decreto Legislativo No. 776, Ley de Tributación Municipal (la “LTM”), con el objetivo de beneficiar al adulto mayor residente en el exterior.
Como se recordará, el artículo 19 de la LTM establece la deducción de 50 UIT a la base imponible del Impuesto Predial en beneficio de los pensionistas siempre que cumplan, de manera concurrente, las siguientes condiciones:
- Sean propietarios un único predio, a nombre propio o de su sociedad conyugal, destinado a vivienda de estos.
- Su ingreso bruto esté constituido por la pensión que reciben.
- La pensión que reciban no exceda de 1 Unidad Impositiva Tributaria (UIT) mensual.
Asimismo, el último párrafo de dicho artículo señala que la aplicación de este beneficio se encuentra supeditada a que la persona adulta mayor no pensionista: (i) resida en el Perú; y, (ii) su ingreso bruto mensual no exceda a 1 UIT.
De este modo, mediante este proyecto de ley, se plantea modificar este último párrafo del artículo 19 de la LTM con el objetivo de que este beneficio sea aplicable también a la persona adulta mayor no pensionista que reside en el exterior.
El presente proyecto de ley fue asignado a la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera el 7 de enero de 2025 y a la fecha sigue en evaluación.