INFORMATIVO TRIBUTARIO

Proyectos de Ley

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21 de noviembre del 2016

SE PROPONE MODIFICAR LIMITE DE DEDUCIBILIDAD DE GASTOS POR CONCEPTO DE DONACIONES DE ALIMENTOS EN BUEN ESTADO

El 8 de noviembre de 2016, fue presentado el Proyecto de Ley No. 584/2016-CR, mediante el cual se propone modificar el inciso x.1) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta. Este Proyecto pretende establecer que las empresas que donen alimentos en buen estado a las entidades perceptoras de donaciones, podrán deducir el valor de dichos alimentos de su renta bruta hasta un máximo de 3% del total de ventas netas del ejercicio. Como se sabe, de conformidad con la Ley No. 30498, el inciso x.1) del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta, se encontrará vigente a partir del 1 de enero de 2017. Según su texto actual, se permite que las empresas que donen dichos alimentos puedan deducir tales importes como gastos, hasta un límite máximo de 10% de la renta neta de tercera categoría, o 3% de sus ventas netas, tratándose de empresas con pérdidas en el ejercicio. Con este Proyecto, se busca equiparar el límite máximo de deducción de estos conceptos para todas las empresas, a pesar de que tengan rentas netas o pérdidas en el ejercicio.