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19 de junio del 2025

SE MODIFICARÁN PROGRESIVAMENTE LAS TASAS DEL IGV E IPM

Mediante la Ley No. 32387, publicada el 16 de junio de 2025, se ha aprobado la modificación de las tasas del Impuesto General a las Ventas (IGV) y del Impuesto de Promoción Municipal (IPM). Como se sabe, el IPM es un tributo que se aplica a las mismas operaciones gravadas con el IGV, siendo que la suma de las tasas de dichos tributos es de 18%.

De acuerdo con esta modificación, la tasa del IGV, actualmente de 16%, se reducirá progresivamente en 0.5% cada año a partir del 1 de enero de 2026, hasta alcanzar el 14% en 2029. Paralelamente, la tasa del IPM, actualmente de 2%, se incrementará en 0.5% anual hasta llegar a 4% en 2029. En consecuencia, las tasas se modificarían de la siguiente manera:

Año

IGV (%) IPM (%)

2025

16.0

2.0

2026

15.5 2.5
2027 15.0

3.0

2028 14.5

3.5

2029 14.0

4.0

Esta modificación no alterará la carga tributaria aplicable a la generalidad de los bienes y servicios sujetos al IGV, pues la sumatoria de la tasa de IGV y de IPM se mantendrá en 18%. Sin embargo, el efecto será distinto en el caso de regímenes especiales que actualmente gozan de tasas reducidas del IGV, como es el caso de la tasa aplicable a las micro y pequeñas empresas dedicadas a las actividades de restaurantes, hoteles y alojamientos turísticos.

De acuerdo con la norma publicada, estas medidas forman parte de una política de descentralización fiscal que busca fortalecer a los gobiernos locales a través del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN).