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5 de enero del 2017

SE ESTABLECEN LAS PROFESIONES, ARTES, CIENCIAS, OFICIOS Y/O ACTIVIDADES QUE DARÁN DERECHO A LA DEDUCCIÓN DEL IR DE PERSONAS NATURALES

Por medio del Decreto Supremo No. 399-2016-EF publicado el 31 de diciembre del 2016, se aprobó el listado de profesiones y oficios que darán derecho a la deducción de hasta 3 UIT para la determinación del IR aplicable sobre rentas del trabajo. Dichos oficios y/o profesiones son los siguientes:

  • Abogado.
  • Analistas de sistema y computación.
  • Arquitecto.
  • Enfermero.
  • Entrenador deportivo.
  • Fotógrafo y operadores de cámara, cine y tv.
  • Ingeniero.
  • Intérprete y traductor.
  • Nutricionista.
  • Obstetriz
  • Psicólogo.
  • Tecnólogos médicos.
  • Veterinario