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SE ESTABLECEN LAS PROFESIONES, ARTES, CIENCIAS, OFICIOS Y/O ACTIVIDADES QUE DARÁN DERECHO A LA DEDUCCIÓN DEL IR DE PERSONAS NATURALES
Por medio del Decreto Supremo No. 399-2016-EF publicado el 31 de diciembre del 2016, se aprobó el listado de profesiones y oficios que darán derecho a la deducción de hasta 3 UIT para la determinación del IR aplicable sobre rentas del trabajo. Dichos oficios y/o profesiones son los siguientes:
- Abogado.
- Analistas de sistema y computación.
- Arquitecto.
- Enfermero.
- Entrenador deportivo.
- Fotógrafo y operadores de cámara, cine y tv.
- Ingeniero.
- Intérprete y traductor.
- Nutricionista.
- Obstetriz
- Psicólogo.
- Tecnólogos médicos.
- Veterinario