Actualidad
SE ESTABLECE FRACCIONAMIENTO ESPECIAL DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y OTROS INGRESOS ADMINISTRADOS POR LA SUNAT (FRAES)
Alcance del FRAES | Deudas tributarias y otros ingresos administrados por la SUNAT impugnadas y/o en cobranza coactiva al 30 de setiembre de 2016.
No se incluye aportes a ONP o ESSALUD, deuda incluida en procedimientos concursales ni pagos a cuenta del IR del 2016. |
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Sujetos comprendidos
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Bono de descuento de la deuda acogida al FRAES | Se accederá a un bono de descuento que se aplica sobre intereses, actualización e intereses capitalizados, así como sobre las multas y sus respectivos intereses, actualización e intereses capitalizados contenidos en la deuda materia del FRAES:
Si el pago se realiza al contado, hasta el 31 de julio de 2017, se recibirá un descuento adicional del 20% sobre el saldo de la deuda luego de aplicar el bono de descuento. De lo contrario, el pago también se puede realizar hasta en 72 cuotas mensuales. |
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Fecha límite para el acogimiento | Hasta el 31 de julio de 2017. | ||||||||
Extinción de deudas |
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El FRAES fue aprobado por el Decreto Legislativo No. 1257, que entró en vigencia el 9 de diciembre del 2016.