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SE DISPONE CURSOS DE CAPACITACIÓN PARA MICROEMPRESAS COMO MEDIDA PREVIA ANTES DE SANCIONAR UNA INFRACCIÓN POR PRIMERA VEZ
Mediante la Ley No. 32335, publicada el 16 de mayo de 2025, se dispone que cuando una microempresa (cuyas ventas anuales no superen las 150 UIT) cometa por primera vez una infracción, deberá asistir a un curso de capacitación brindado por la SUNAT antes de ser sancionada. El curso de capacitación podrá ser realizado por cualquier medio y comprende la entrega de material instructivo que explique el tipo de infracción. Esta medida preventiva solo aplicará una vez por cada tipo de infracción y excluye a empresas cuyos socios o titulares hayan sido condenados por delitos tributarios o aduaneros.
En caso existan infracciones cometidas por la microempresa de forma simultánea únicamente se aplicarán los cursos de capacitación respecto de la infracción más grave u onerosa. A las demás infracciones les corresponderán las sanciones previstas en la norma. Adicionalmente, en caso el contribuyente no asista a los cursos de capacitación, la SUNAT aplicará la sanción correspondiente.
Esta ley entró en vigencia el 17 de mayo de 2025.