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11 de junio del 2025

SE APRUEBA LA VERSIÓN 2 DEL PROCEDIMIENTO ESPECÍFICO “FISCALIZACIÓN ADUANERA POSTERIOR AL DESPACHO ADUANERO”

El 31 de mayo de 2025 se publicó en el Diario El Peruano la Resolución de Superintendencia No. 000178-2025/SUNAT, a través de la cual se aprobó la Versión 2 del Procedimiento Específico “Fiscalización Aduanera Posterior al Despacho Aduanero” CONTROL-PE.01.09. 

Esta nueva versión, entre otras mejores, incorpora en su regulación el uso de la plataforma informática Rediseño del Sistema Integrado de Recaudación de la Administración Tributaria – RSIRAT para la gestión de la fiscalización, así como el uso de otros sistemas y medios electrónicos disponibles en la SUNAT, como el expediente electrónico del Sistema Integrado del Expediente Virtual (SIEV), la mesa de partes virtual de la SUNAT (MPVSUNAT) y el Sistema de Gestión Documental e-Chaski. 

Las disposiciones de esta nueva versión entrarán en vigor el 1 de julio de 2025. No obstante, las acciones de fiscalización programadas hasta el 30 de junio de 2025 continuarán su trámite a través del módulo del Sistema Integrado de Fiscalización Aduanera – SIFA y el uso de expediente físico, hasta su conclusión.