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4 de julio del 2017

SE APRUEBA EL FORMULARIO PARA EL ACOGIMIENTO AL RÉGIMEN TEMPORAL DEL IR PARA LA DECLARACIÓN, REPATRIACIÓN E INVERSIÓN DE RENTAS NO DECLARADAS

Mediante Resolución de Superintendencia No. 160-2017/SUNAT, publicada el 30 de junio pasado, se aprobó el Formulario Virtual No. 1667 – Declaración, repatriación e inversión de rentas no declaradas, así como las disposiciones vinculadas a su presentación, el cual será utilizado para el acogimiento al régimen temporal y sustitutorio del IR para la declaración, repatriación e inversión de rentas no declaradas.

Según la Resolución bajo comentario, el acogimiento al régimen se realizará, a través de la presentación de la declaración jurada respectiva mediante el Formulario Virtual No. 1667 vía SUNAT Virtual, como máximo hasta el 29 de diciembre de 2017. Asimismo, el pago del impuesto se deberá realizar hasta el día de la presentación de la declaración jurada mediante alguna de las siguientes modalidades: (i) a través de SUNAT Virtual mediante débito en cuenta o tarjeta de crédito o débito; o (ii) en los bancos habilitados utilizando el NPS.

Cualquiera sea la modalidad de pago del impuesto, se debe cancelar el íntegro del importe a pagar través de una sola transacción bancaria.

El referido Formulario Virtual No. 1667 está disponible a partir del 3 de julio de 2017.

Asimismo, la norma bajo comentario establece ciertas disposiciones a fin de mantener la confidencialidad de la identidad de los contribuyentes que se acojan a este régimen temporal, así como de la información proporcionado por éstos.