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17 de septiembre del 2021

SE APRUEBA EL ABONO EN CUENTA CORRIENTE O DE AHORROS COMO FORMA DE DEVOLUCIÓN DE LOS PAGOS INDEBIDOS O EN EXCESO DE LA DEUDA ADUANERA

Mediante el Decreto Supremo No. 225-2021-EF, publicado el 7 de setiembre de 2021, se ha incorporado un nuevo mecanismo para obtener la devolución de pagos aduaneros realizados en forma indebida o en exceso. Mediante este decreto se dispone que la SUNAT puede autorizar la devolución en materia aduanera también a través de abono en cuenta corriente o de ahorros.

Para que ello proceda, el solicitante debe (i) tener derecho a la devolución del pago indebido o en exceso, (ii) contar con RUC activo y condición de habido, y (iii) haber comunicado a la SUNAT el código de cuenta interbancario de la cuenta corriente o de ahorro vigente en moneda nacional en el sistema financiero, la cual debe encontrarse a su nombre.

El referido decreto entrará en vigor a partir de la vigencia de la resolución de superintendencia de SUNAT que establezca la forma y condiciones de comunicación del código de cuenta interbancario del solicitante. Dicha resolución debería ser emitida en un plazo no mayor a seis meses luego de publicado el decreto de la referencia