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SE AMPLÍA LA VIGENCIA DE BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y EXONERACIONES TRIBUTARIAS DEL IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS (IGV)
Por medio de la Ley No. 30899, publicada el 28 de diciembre de 2018 y vigente a partir del día siguiente de su publicación, se amplía el periodo de vigencia de las exoneraciones contenidas en los Apéndices I y II de la Ley de IGV hasta el 31 de diciembre de 2019.
Asimismo, se prorroga hasta el 31 de diciembre de 2019 los siguientes beneficios tributarios y exoneraciones:
- Devolución del IGV y Derechos arancelarios de donaciones del exterior, misiones diplomáticas y otros (Decreto Legislativo No. 783).
- Devolución del IGV en la actividad minera durante la etapa de exploración (Ley No.27623).
- Devolución del IGV en exploración de hidrocarburos (Ley No. 27264)
- Exoneración del IGV por la emisión de dinero electrónico (artículo 7 de la Ley No. 29985).