INFORMATIVO TRIBUTARIO

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4 de agosto del 2025

PROYECTOS DE LEY

SE PROPONE CAMBIAR EL MOMENTO DEL NACIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN DEL IMPUESTO A LA RENTA SOBRE LOS ARRENDAMIENTOS DE PERSONAS NATURALES

Con fecha 24 de julio de 2025 la Comisión Permanente del Congreso aprobó en segunda votación el Proyecto de Ley No. 07041/2023-CR, según el cual se modificó el literal b) del artículo 57 de la Ley del Impuesto a la Renta, en relación con el criterio de imputación de las rentas de primera categoría (arrendamientos). De acuerdo con esta modificación, estas rentas se imputarán en el ejercicio gravable en el que sean percibidas por el contribuyente y ya no conforme a su devengo.

La autógrafa de la ley ha sido remitida al Despacho Presidencial el 30 de julio de 2025. Así, de no existir observaciones por parte del Ejecutivo, o vencido el plazo máximo de quince días hábiles para observar dicha autógrafa, esta ley será promulgada y publicada en el Diario Oficial El Peruano.

Asimismo, en tanto el Impuesto a la Renta es un tributo de periodicidad anual, esta modificación entrará en vigor a partir del 1 de enero del ejercicio siguiente a la publicación de la ley.