INFORMATIVO TRIBUTARIO

Proyectos de Ley

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21 de junio del 2024

PROYECTOS DE LEY

SE PRESENTA PROYECTO DE LEY QUE PROPONE ESTABLECER UN RÉGIMEN ESPECIAL DE SINCERAMIENTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS EN EL SECTOR AGRARIO

Mediante el Proyecto de Ley No. 08109/2023-CR, presentado el 6 de junio de 2024, se propone establecer un Sistema de Sinceramiento de Deudas Tributarias y de Fraccionamiento Especial por tributos en el Sector Agrario (“RESIT AGRARIO”).

Al respecto, se establece que sólo podrán acogerse al RESIT AGRARIO los deudores tributarios (i) cualquiera fuere el estado en el que se encuentren sus deudas, desde cobranza, reclamación, apelación hasta una demanda contencioso-administrativa; (ii) que gocen o hayan gozado de algún beneficio de regularización, aplazamiento y/o fraccionamiento de deudas tributarias; y (ii) los que voluntariamente reconozcan tener obligaciones pendientes, detectadas o no. Asimismo, indica que sólo podrán acogerse a este sistema hasta el 30 de noviembre de 2024.

Actualmente el proyecto se encuentra en evaluación en la Comisión de Economía del Congreso.

SE PRESENTA PROYECTO DE LEY QUE PROPONE AUTORIZAR UN NUEVO REFINANCIAMIENTO EXCEPCIONAL PARA EL PAGO DE IMPUESTOS POR PARTE DE LOS CONTRIBUYENTES QUE HAYAN PERDIDIO EL BENEFICIO DEL FRACCIONAMIENTO TRIBUTARIO

 

Mediante el Proyecto de Ley No. 08114/2023-CR, presentado el 10 de junio de 2024, se propone autorizar a la SUNAT para que, de manera obligatoria, celebre un nuevo refinanciamiento con los contribuyentes que hayan perdido el beneficio del fraccionamiento del pago de impuestos por incumplimiento de pagos.

Actualmente el proyecto se encuentra en evaluación en la Comisión de Economía del Congreso.

SE PRESENTA PROYECTO DE LEY QUE PROPONE AMPLIAR LOS GASTOS DEDUCIBLES A LA RENTA DE TRABAJO PARA LA DETERMINACIÓN DE LA RENTA ANUAL

 

Mediante el Proyecto de Ley No. 08113/2023-CR, presentado el 10 de junio de 2024, se propone ampliar las reglas de la Ley del Impuesto a la Renta correspondientes a los supuestos de gastos deducibles de las rentas de trabajo de personas naturales domiciliadas.

Al respecto, el proyecto de ley propone agregar dos supuestos de gastos deducibles mediante los cuales se permitirá utilizar (i) el 15% de los gastos incurridos en la formación educativa de nivel inicial, primera, secundaria, institutos y universitaria en instituciones privadas y (ii) el 15% de los gastos realizados en mercados y supermercados. Estos gastos, junto con los otros gastos deducibles para las rentas de trabajo de personas naturales domiciliadas, solo se pueden deducir hasta el límite de las 3 UIT.