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INFORMATIVO TRIBUTARIO

Proyectos de Ley

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9 de febrero del 2023

PROYECTOS DE LEY

SE PROPONE IMPLEMENTAR MEDIDAS PARA REDUCIR LA BASE IMPONIBLE QUE GRAVA LA IMPORTACIÓN DE COMBUSTIBLES

Por medio del Proyecto de Ley 4022/2022-CR, se ha propuesto implementar medidas temporales a fin de reducir los tributos que gravan la importación definitiva de insumos clasificados en las subpartidas arancelarias de combustibles.

En efecto, por medio de dicho Proyecto de Ley, se ha dispuesto excluir temporalmente un porcentaje de los gastos de transporte y de los gastos vinculados a dicho transporte desde el lugar de entrega de las mercancías en el exterior, hasta el lugar de importación. Dicha suma se excluirá de la base imponible para la determinación del valor en aduana en el procedimiento de importación definitiva respecto de ciertos insumos clasificados en las subpartidas arancelarias de gasolinas con octanaje superior o igual a 84, pero menor que 95 (2710.12.13.21, 2710.12.13.29, 2710.12.13.31, 2710.12.13.39, 2710.12.19.00, 2710.12.20.00 y 2710.20.00.90), queroseno y carburorreactores tipo queroseno (2710.19.14.00 y 2710.19.15.90), Diesel B2, B5 y B20 con un contenido de azufre menor o igual a 50ppm (2710.20.00.11, 2710.20.00.12 y 2710.20.00.13) y las demás mezclas de Diésel 2 con Biodiésel B100 (2710.20.00.19).

Cabe señalar que, en caso se apruebe el referido proyecto de ley, se ha propuesto que el Poder Ejecutivo publique, dentro de un plazo de 10 días hábiles siguientes a la publicación, un decreto supremo que establezca los porcentajes de reducción de los gastos de transporte y conexos de los bienes listados anteriormente.

Finalmente, se ha propuesto que la reducción propuesta cuente con una vigencia inicial de seis meses, contados desde la entrada en vigencia de la norma planteada y pueda ser prorrogada en caso se mantengan las condiciones que le dieron origen.

A la fecha de publicación de la presente nota, el proyecto de ley materia de comentario está siendo discutido en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera.

SE PROPONE MODIFICAR LA LEY DEL IMPUESTO A LA RENTA A FIN DE PROHIBIR LA DEDUCCIÓN DE GASTOS DE MEDIDAS CORRECTIVAS, PREVENTIVAS Y CAUTELARES EN MATERIA ECOLÓGICA Y/O AMBIENTAL

Por medio del Proyecto de Ley 4062/2022-CR, se ha propuesto incorporar un nuevo inciso al artículo 44 de la Ley del Impuesto a la Renta, a fin de prohibir expresamente la deducción de gastos incurridos en el cumplimiento de medidas preventivas, medidas cautelares y medidas correctivas impuestas por la autoridad ambiental competente.

A la fecha de publicación de la presente nota el proyecto de ley materia de comentario está siendo discutido en la Comisión de Economía, Banca, Finanzas e Inteligencia Financiera.

SE PROPONE PERMITIR A LAS MYPE DISPONER DE LOS MONTOS ACUMULADOS EN SUS CUENTAS DE DETRACCIONES

Por medio del Proyecto de Ley 4062/2022-CR, con motivo de mitigar los efectos económicos derivados de la declaratoria de estado de emergencia a nivel nacional y por la pandemia del COVID-19, se ha propuesto otorgar a las MYPE la posibilidad de solicitar la liberación de los montos depositados en sus cuentas de detracciones a fin de que puedan disponer de los montos depositados y acumulados en las mismas.

A tal efecto se ha propuesto que la disposición de los montos acumulados se sujete a las siguientes condiciones: (i) la disposición de los montos podrá ser solicitada una única vez; (ii) en caso el solicitante sea titular de una cuenta convencional y una cuenta especial – IVAP, la solicitud se disposición se realizará sobre la totalidad del saldo acumulado en ambas cuentas; (iii) la solicitud de disposición recaerá sobre los montos que se hayan acumulado en el mes inmediato anterior a la fecha de presentación de la solicitud, y; (iv) que el titular de la cuenta a la fecha de presentación de la solicitud no cuente con deuda tributaria pendiente de pago ante la SUNAT.

A la fecha de publicación de la presente nota, el proyecto de ley materia de comentario no se encuentra bajo discusión por ninguna comisión.