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18 de diciembre del 2019

PRORROGAN LOS BENEFICIOS TRIBUTARIOS VINCULADOS A LA DEVOLUCIÓN DEL IGV DE LOS TITULARES DE LA ACTIVIDAD MINERA Y DE HIDROCARBUROS

Mediante el Decreto de Urgencia No. 021-2019, publicado el 5 de diciembre de 2019, se ha prorrogado hasta el 31 de diciembre de 2022, la vigencia de la Leyes Nos 27623 y 27624, las cuales regulan la devolución del Impuesto General a las Ventas e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de actividades en el sector minero y de hidrocarburos, durante la fase de exploración.

De igual manera, el mencionado dispositivo legal modifica la Ley General de Minería a fin de ampliar la posibilidad de solicitar el llevado de la contabilidad en dólares, siempre que se cumplan los requisitos de dicha ley, para aquellos titulares de la actividad minera que celebren contratos de estabilidad tributaria por 15 años.

El Decreto de Urgencia entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2020, con excepción de lo dispuesto en relación al llevado de la contabilidad en dólares, cuya vigencia inicia el 6 de diciembre de 2019.