Criterios de interpretación
PRÓRROGA DEL PLAZO PARA ACOGIMIENTO AL FRACCIONAMIENTO ESPECIAL ES APLICABLE BAJO SUS TRES MODALIDADES DE PAGO
El 8 de enero de 2025 se publicó en el Portal Web de la SUNAT el Informe No. 000004-2025-SUNAT/7T0000, a través del cual se estableció que la prórroga del plazo para presentar las solicitudes de acogimiento al Fraccionamiento Especial, aprobado por el Decreto Legislativo No. 1634, publicado el 30 de agosto de 2024, (el “Fraccionamiento Especial”), es aplicable a todas las modalidades de pago de este beneficio.
Como se recordará, el Fraccionamiento Especial permite a los contribuyentes acceder a bonos de descuento de hasta 100% en función de, entre otros, los importes de las deudas tributarias administradas por la SUNAT susceptibles de ser acogidas a este beneficio y la modalidad de pago elegida. Este beneficio tributario inicialmente estuvo vigente hasta el 20 de diciembre de 2024 y permitía acceder al mismo a través de las siguientes modalidades de pago: i) pago al contado; ii) pago sumario; y, iii) pago fraccionado.
Posteriormente, mediante la Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley No. 32220, se estableció una prórroga hasta el 28 de febrero de 2025 para la presentación de la solicitud de acogimiento al Fraccionamiento Especial, así como una prórroga al acogimiento bajo la modalidad de pago al contado. En ese contexto, se le consultó a la SUNAT si dicha prórroga comprendía también a las modalidades de pago sumario y pago fraccionado.
Al respecto, la SUNAT señaló que la prórroga al plazo de presentación de la solicitud de acogimiento conllevó a que esta resulte aplicable de igual modo a las tres modalidades de pago previstas para el Fraccionamiento Especial. Para ello, la SUNAT señaló que dicha interpretación se desprende del sustento del texto sustitutorio del proyecto de Ley No. 9746/2024-PE, que devino en la Ley No. 32220, el cual motivó la promulgación de esta prórroga para el acogimiento al Fraccionamiento Especial de manera general, es decir, sin hacer una distinción en la modalidad de pago.