INFORMATIVO TRIBUTARIO

Proyectos de Ley

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20 de febrero del 2017

PROPONEN QUE LOS GASTOS EN EDUCACIÓN SEAN DEDUCIBLES PARA EFECTOS DE LA DETERMINACIÓN DEL IR DEL TRABAJO

Mediante el Proyecto de Ley No. 964/2016-CR se propone incorporar como gasto deducible de las rentas de cuarta y quinta categoría a aquellos gastos por servicios educativos realizados en el país o en el extranjero por concepto de matrícula y pensiones de: i) la educación básica y superior de los hijos menores de 25 años, ii) los estudios superiores del contribuyente y iii) los estudios superiores del cónyuge del contribuyente, siempre que se encuentren debidamente acreditados en comprobantes de pago.