INFORMATIVO TRIBUTARIO

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11 de julio del 2016

PROMUEVEN EL MECENAZGO DEPORTIVO DE LAS PERSONAS NATURALES O JURÍDICAS CON INCENTIVOS TRIBUTARIOS

El 29 de junio fue publicada la Ley 30479, a través del cual se establecieron incentivos tributarios a las personas naturales o Jurídicas que patrocinen las actividades deportivas de los deportistas, deportistas con discapacidad,entrenadores mediante financiamiento, construcción de infraestructuras deportivas y gestión de las mismas.

Así, entre otras medidas, se establecen incentivos tributarios a la deducción como gasto de las donaciones hasta el 10% de la renta neta de tercera categoría y hasta 10% de la renta neta de trabajo y renta de fuente extranjera para las personas naturales; por otro lado, se exornarán del IGV las importaciones de bienes destinados a las actividades deportivas. Ambos beneficios tendrán un plazo de 10 años a partir de su vigencia.

La disposición entró en vigencia al día siguiente de su publicación; sin embargo, el Poder Ejecutivo deberá reglamentar la presente Ley en un plazo que no exceda los 60 días desde su publicación.