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OTORGAN AL PODER EJECUTIVO FACULTADES LEGISLATIVAS EN MATERIA TRIBUTARIA
El Congreso de la República otorgó al Poder Ejecutivo facultades para legislar en materias de seguridad ciudadana y lucha contra la criminalidad organizada, crecimiento económico responsable y fortalecimiento instituciona. Concretamente, en relación con materias tributarias, se facultó legislar en los siguientes ámbitos:
- Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT): Modificación del numeral 9.3 del artículo 9 de la norma que regula el SPOT. No obstante, dicha habilitación se encuentra expresamente limitada a la regulación de supuestos vinculados a deudas exigibles, quedando excluida cualquier modificación al régimen general del SPOT aplicable a las micro y pequeñas empresas (MYPES).
- Ley Penal Tributaria: Incorporar penas específicas para quienes falsifiquen comprobantes de pago electrónicos y documentos complementarios, así como a tipificar nuevas modalidades de fraude tributario, particularmente aquellas relacionadas con la disposición indebida de fondos del SPOT y la falsificación o adulteración de constancias de depósito de dicho sistema.
- Régimen de percepciones del IGV: Incorporar y precisar supuestos excepcionales de aplicación del porcentaje de percepción del 10 % en la importación de bienes, en función del nivel de riesgo y del grado de cumplimiento tributario y aduanero de los importadores. Para efectos de esta habilitación, se considera como primera importación a aquellas operaciones que se generen a partir de un mismo manifiesto de carga.
Estas facultades fueron aprobadas por la Ley No. 32527 publicada el 15 de diciembre de 2025. El Ejecutivo cuenta con un plazo de sesenta (60) días calendario, contados a partir de su entrada en vigor, para emitir la legislación delegada. Este plazo vencerá el viernes 13 de febrero de 2026.