INFORMATIVO TRIBUTARIO

Actualidad

« Regresar

2 de octubre del 2017

MODIFICAN SUPUESTOS DE EXCLUSIÓN DE LA INFRACCIÓN DEL ARTÍCULO 178 DEL CÓDIGO TRIBUTARIO

Mediante la Ley No. 30660, publicada el 29 de setiembre, se modificó la Primera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo 1311, a través de la cual se dispuso la extinción de las sanciones de multas pendientes de pago ante la SUNAT por la infracción del numeral 1 del artículo 178 del Código Tributario, incurridas desde el 6 de febrero de 2004 hasta el 31 de diciembre de 2016, originadas total o parcialmente en un error de transcripción en las declaraciones, siempre que: (i) no se hubiera dejado de declarar un importe de tributo a pagar en el periodo respectivo, o habiéndose declarado indebidamente un saldo, crédito u otro concepto similar, estos no hubieran sido arrastrados o aplicados a los siguientes períodos o ejercicios; y, (ii) las resoluciones de multa emitidas no se encuentren firmes al 1 de enero de 2017 (ver Informativo Tributario No. 252).

Así, mediante la Ley No. 30660 se establece que los supuestos de extinción antes referidos resultan aplicables únicamente a las personas naturales, y a las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME).