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28 de febrero del 2018

MODIFICAN RELACIÓN DE SUJETOS OBLIGADOS A PRESENTAR LA DECLARACIÓN JURADA ANUAL (DJ) DEL IMPUESTO A LA RENTA (IR) DEL EJERCICIO GRAVABLE 2017

Mediante la Resolución de Superintendencia No. 069-2018/SUNAT, publicada el 1 de marzo de 2018, la SUNAT amplió la relación de personas naturales obligadas a presentar la DJ anual del IR correspondiente al ejercicio 2017.

En ese sentido, la SUNAT agrega los siguientes supuestos en los que deberá encontrarse una persona natural para presentar la DJ antes referida:

(i)            Las que hubieran determinado saldo a favor en la casilla 141 del Formulario Virtual No. 705 – Renta Anual 2017 – Persona Natural en su calidad de perceptores de (a) rentas de cuarta categoría o rentas de cuarta y quinta categorías; o (b) rentas de cuarta y/o quinta categorías y rentas de fuente extranjera que correspondan ser sumadas a ellas.

(ii)           Las que, obteniendo exclusivamente rentas de quinta categoría, determinen un saldo a favor en la casilla 141 del Formulario Virtual No. 705 – Renta Anual 2017 – Persona Natural, como consecuencia de la deducción de intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda, que no hubieran sido informados a la SUNAT como tales por las entidades del sistema financiero correspondientes. Esto último deberá ser verificado en la Plataforma de Deducciones de Gastos Personales, utilizando para ello la Clave SOL generada en SUNAT Virtual, luego de registrarse con su DNI. Esta opción solo será posible en caso que dicha persona no se encuentre obligada a inscribirse en el RUC, en el Registro de Empleadores de Trabajadores del Hogar, Trabajadores del Hogar y sus derechohabientes o a contar con CIP de acuerdo con las normas vigentes ni hubiera obtenido con anterioridad el número de RUC, CIE o CIP.

Por otro lado, la SUNAT ha establecido una forma adicional para realizar la comunicación de atribución de gastos por arrendamiento y/o subarrendamiento e intereses de créditos hipotecarios para primera vivienda. Como se sabe, inicialmente esta comunicación debió ser realizada por los cónyuges, concubinos o copropietarios hasta el pasado 15 de febrero de 2018; sin embargo, mediante la presente se ha establecido que tal comunicación también podrá ser efectuada a través del Formulario Virtual No. 705 – Renta Anual 2017 – Persona Natural.

Finalmente, para todos los efectos antes indicados, la SUNAT ha dispuesto los siguientes plazos para presentar la DJ indicada:

Último Dígito del RUC y otros

Fecha de Vencimiento

0

1

2

3

4

5

6

7

8

9

22 de marzo de 2018

23 de marzo de 2018

26 de marzo de 2018

27 de marzo de 2018

28 de marzo de 2018

2 de abril de 2018

3 de abril de 2018

4 de abril de 2018

5 de abril de 2018

6 de abril de 2018

Buenos contribuyentes y sujetos que no estén obligados a inscribirse en el RUC.

9 de abril de 2018