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21 de agosto del 2023

MODIFICAN LA LEY DE PROMOCIÓN DE INVERSIÓN EN LA AMAZONÍA PARA OTORGAR A LA ACTIVIDAD DEL TRANSPORTE FLUVIAL DE CARGA Y PASAJEROS LA EXCEPCIÓN DEL PAGO DE 5 % PARA EFECTOS DEL IMPUESTO A LA RENTA (IR)

El 1 de agosto de 2023 se publicó la Ley No. 31855, la cual modificó la Ley de Promoción de Inversión en la Amazonía con la finalidad de añadir la actividad transporte fluvial de carga y pasajeros a las actividades beneficiadas con tasa reducida del IR.

Así, la tasa de 5% correspondiente a las rentas de tercera categoría, será de aplicación para los contribuyentes ubicados en los departamentos de Loreto y Madre de Dios, en los distritos de Iparia y Masisea de la provincia de Coronel Portillo, y en las provincias de Atalaya y Purús del departamento de Ucayali, que únicamente tengan como actividad el transporte fluvial de carga y pasajeros, dentro del departamento o con origen o destino los puertos de toda la Amazonía.

La modificación antes comentada entra en vigencia a partir del 1 de enero de 2024.