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18 de septiembre del 2020

LA SUNAT SE PRONUNCIA SOBRE LA ATRIBUCIÓN DE RENTAS A LOS PARTÍCIPES DE UN FONDO DE INVERSIÓN

Mediante el Informe No. 066-2020-SUNAT/7T0000, publicado el 10 de setiembre de 2020, se precisó que las rentas empresariales de fuente peruana que obtenga un Fondo de Inversión, de forma adicional a las rentas pasivas de dicha fuente, deberán  atribuirse a sus partícipes que sean personas naturales, en forma diferenciada, distinguiendo entre las rentas de segunda categoría y rentas de tercera categoría.