Criterios de interpretación
LA SUNAT ESTABLECE QUE LOS DIVIDENDOS, INTERESES, COMISIONES Y CUALQUIER OTRO RENDIMIENTO, DERIVADOS DE LOS APORTES VOLUNTARIOS SIN FINES PREVISIONALES SE ENCUENTRAN INAFECTOS AL IMPUESTO A LA RENTA
Mediante el Informe No. 000054-2025-SUNAT/7T0000, publicado el 27 de mayo de 2025, se le consultó a la SUNAT sobre la inafectación del Impuesto a la Renta prevista en la Décimo Novena Disposición Complementaria Final de la Ley de Modernización del Sistema Previsional Peruano (“Ley”). En concreto se consultó si dicha inafectación comprende a los dividendos, intereses, comisiones y cualquier otro rendimiento percibido por los aportes voluntarios sin fin previsional.
La SUNAT señala que la Décimo Novena Disposición Complementaria Final de la Ley establece la inafectación al Impuesto a la Renta de los dividendos, intereses, comisiones y cualquier otro rendimiento generado por los aportes previstos en dicha norma. Dado que la Ley contempla un Pilar contributivo y un Pilar voluntario -este último incluye tanto aportes voluntarios con fin previsional como sin fin previsional-, la inafectación alcanza también los rendimientos derivados de los aportes voluntarios sin fines previsionales.