INFORMATIVO TRIBUTARIO

Criterios de interpretación

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21 de diciembre del 2023

LA SUNAT ESTABLECE CRITERIO VINCULADO A GASTOS DE VENTAS Y ADMINISTRATIVOS EN LA EJECUCIÓN DE NUEVOS PROYECTOS INMOBILIARIOS

Mediante el Informe No. 000110-2023-SUNAT/7T0000, publicado el 5 de diciembre de 2023, la SUNAT se pronunció sobre los gastos de ventas y gastos administrativos incurridos por empresas inmobiliarias en funcionamiento a fin de determinar si califican como gastos preoperativos por expansión de actividades. Esto cuando dichos gastos se han desarrollado en diversos proyectos inmobiliarios del mismo tipo, en la misma ciudad y destinados al mismo segmento del mercado.

En este caso en particular, la SUNAT concluyó que los desembolsos realizados por la empresa inmobiliaria en funcionamiento –vinculados a la ejecución de un nuevo proyecto inmobiliario– solo calificarán como gastos preoperativos por expansión de actividades en la medida que su ejecución comprenda el desarrollo de una actividad nueva, diferente o de distinta naturaleza y características a la que ya venía desarrollando.

En ese sentido, en la medida que el caso materia de consulta se encuentra vinculado a un nuevo proyecto inmobiliario con las mismas características de proyectos ejecutados anteriormente, la SUNAT concluyó que esto no implica el desarrollo de una actividad nueva y diferente a la que ya realizaba. En consecuencia, los gastos de venta y gastos administrativos vinculados a la ejecución de este nuevo proyecto no califican como gastos preoperativos por expansión de actividades.

Cabe señalar que la presente conclusión de la SUNAT deja sin efecto el criterio publicado en el Informe No. 173-2016-SUNAT/5D0000.