INFORMATIVO TRIBUTARIO

Criterios de interpretación

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21 de agosto del 2023

LA SUNAT ESTABLECE CRITERIO EN RELACIÓN A LA CONTABILIZACIÓN DE LA DEPRECIACIÓN DE BIENES DEL ACTIVO FIJO, EXCEPTO INMUEBLES, QUE QUEDEN FUERA DE USO U OBSOLETOS

Mediante el Informe No. 000093-2023-SUNAT/7T0000, publicado el 1 de agosto de 2023, se le consultó a la SUNAT si resulta exigible la contabilización de la depreciación establecida en el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, para que sea aceptada la depreciación de bienes del activo fijo, excepto inmuebles, que queden fuera de uso u obsoletos, en caso de que el contribuyente elija la opción de seguir depreciando el bien anualmente hasta la total extinción de su valor.

Al respecto, la SUNAT ha señalado que dicha contabilización no es exigible para que sea aceptada la depreciación de bienes del activo fijo, excepto inmuebles, que queden fuera de uso u obsoletos pero que se decidan seguir depreciando.