INFORMATIVO TRIBUTARIO

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2 de octubre del 2023

LA SUNAT EMITE OPINIÓN SOBRE PROVISIONES DE COBRANZA DUDOSA EN CASOS DE RENOVACIÓN DE CRÉDITOS

Mediante el Informe No. 100-2023-SUNAT/7T0000, publicado el 29 de septiembre de 2023, la SUNAT absolvió dos consultas vinculadas a supuestos de renovación de deudas y sus efectos en la deducción de las provisiones de cobranza dudosa vinculadas al mismo deudor.

En primer lugar, la SUNAT señaló que, en el supuesto de continuar prestando un servicio de ejecución continuada o periódica –contratado por un cliente antes de que este tuviera deuda vencida por otro contrato distinto e independiente– se deberá analizar cada caso en particular. Para ello, se deberá tener en cuenta las características del servicio, las obligaciones de las partes, la normatividad que rige el contrato, entre otros elementos, a fin de determinar si hubo o no una renovación de confianza en el deudor y, en consecuencia, que se haya configurado una renovación de créditos.

Por otra parte, respecto al supuesto en que se otorgue un nuevo crédito antes de efectuar la provisión contable de la deuda vencida, la SUNAT concluyó que no se requiere verificar que dicha deuda haya sido provisionada contablemente a efectos de determinar si se ha configurado un supuesto de renovación de créditos.