INFORMATIVO TRIBUTARIO

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21 de febrero del 2018

LA SUNAT ACLARA CUÁL ES EL VALOR DE LOS ACTIVOS QUE CORRESPONDE TOMAR A EFECTOS DE DETERMINAR LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO A LOS ACTIVOS NETOS (ITAN)

Mediante el informe No. 007-2018-SUNAT/7T0000, publicado el 9 de febrero de 2018, la SUNAT aclaró que el monto del ITAN se debe determinar sobre la base del valor histórico de los activos netos en caso no le corresponda efectuar a la empresa el ajuste por inflación conforme al régimen regulado por el Decreto legislativo No. 979.Asimismo, aclaró que no se deben incluir los mayores valores de los activos por la aplicación del concepto “valor razonable” resultante de la aplicación de las normas contables.