INFORMATIVO TRIBUTARIO

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6 de abril del 2023

LA SUNAT ABSUELVE CONSULTA SOBRE LA PÉRDIDA NETA TOTAL Y EL SALDO A FAVOR DE UN CONSORCIO

Mediante el informe No. 000030-2023-SUNAT/7T0000, publicado el 31 de marzo de 2023, se planteó a la SUNAT el supuesto de un consorcio con contabilidad independiente de la de sus partes contratantes que ha suscrito con terceros contratos de manera sucesiva para la prestación de servicios o ejecución de proyectos y que, por la ejecución de alguno de esos contratos, generó pérdida neta total de tercera categoría y/o tuviera un saldo a favor del crédito fiscal del Impuesto General a las Ventas (IGV).

En este supuesto, la SUNAT concluyó que la pérdida neta total de tercera categoría de fuente peruana generada por el consorcio en un ejercicio gravable podrá ser compensada en los siguientes ejercicios contra la renta neta obtenida en la ejecución de los contratos sucesivos posteriores que son objeto del propio consorcio.

Adicionalmente, respecto al saldo a favor del IGV generado al culminar alguno de estos contratos, la SUNAT señaló que el mismo podrá ser aplicado contra el IGV que sea determinado en los siguientes períodos con ocasión de los contratos que aún se encuentren en ejecución.