INFORMATIVO TRIBUTARIO

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18 de mayo del 2021

ESTABLECEN LINEAMIENTOS PARA EL SUMINISTRO DE INFORMACIÓN FINANCIERA A LA SUNAT

Hace unos meses se aprobó el reglamento que regula el suministro de información financiera por parte de las entidades financieras a la SUNAT para el combate de la evasión y elusión tributaria. Dicho Decreto Supremo también facultó a la SUNAT para que, mediante Resolución de Superintendencia, señale los conceptos a informar, así como la forma, condiciones y las fechas en que debe presentarse la información.

En virtud a ello, el 12 de mayo de 2021 se ha emitido la Resolución de Superintendencia No. 000067-2021/SUNAT por medio de la cual, entre otras cosas, se indica que la información financiera que debe ser suministrada a la SUNAT son el saldo registrado y los rendimientos depositados en las cuentas bancarias abiertas en dichas entidades. Además, se señala que la información se debe presentar semestralmente, en junio y diciembre, de acuerdo a las fechas establecidas en el cronograma para el cumplimiento de las obligaciones tributarias mensuales.