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19 de octubre del 2018

ESTABLECEN EL USO OBLIGATORIO DEL SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA OPERADO DE SERVICIOS ELECTRÓNICOS Y DEL SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA SUNAT OPERACIONES EN LÍNEA

Mediante la Resolución de Superintendencia No. 239-2018/SUNAT, publicada el 15 de octubre de 2018, se establece que los emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica (SEE) se encontrarán obligados a utilizar el Sistema de Emisión Electrónica Operador de Servicios Electrónicos (SEE-OSE) y/o el Sistema de Emisión Electrónica SUNAT Operaciones en Línea (SEE – SOL), respecto de la emisión de facturas electrónicas, boletas de venta electrónicas y notas electrónicas. Esta obligación será exigible desde las siguientes fechas:

  1. Emisores electrónicos que, al 31 de diciembre de 2018, tengan la calidad de principales contribuyentes nacionales, principales contribuyentes de la Intendencia Lima, principales contribuyentes de las intendencias regionales y oficinas zonales o agentes de retención o agentes de percepción del impuesto general a las ventas: A partir del 1 de marzo de 2019.
  2. Sujetos que, a partir del 1 de enero de 2019, tengan la calidad de emisor electrónico y de principal contribuyente nacional, principal contribuyente de la Intendencia Lima, principal contribuyente de intendencia regional u oficina zonal o agente de retención o agente de percepción del IGV: A partir del primer día calendario del cuarto mes siguiente a aquel en que concurran tales condiciones.