INFORMATIVO TRIBUTARIO

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9 de agosto del 2016

ESTABLECEN DISPOSICIONES PARA LA DECLARACIÓN INFORMATIVA DE TRUSTS CREADOS EN EL EXTERIOR

El 24 de julio de 2016 fue publicada la Resolución de Superintendencia No. 177-2016/SUNAT, mediante la cual la SUNAT estableció que los sujetos domiciliados en el país, que tengan la calidad de trustee, administrador o gestor de trust constituidos de acuerdo a las fuentes de derecho extranjero, tienen la obligación de presentar una declaración informativa a la SUNAT respecto del trust que administra.

La norma en cuestión define el trust como una relación jurídica creada de acuerdo a las fuentes de derecho extranjero, por acto entre vivos o mortis causa, mediante la  cual el constituyente coloca todo o parte de su patrimonio, bajo la administración, gestión o control de uno o varios trustees, a favor de uno o más beneficiarios o con fines determinados, Por su parte, el trustee es cualquier sujeto domiciliado que realiza cualquier actividad de gestión, disposición, control, rendición de cuentas o tiene el manejo económico, financiero, y administrativo del patrimonio del trust.

Así, el trustee deberá declarar información a la SUNAT respecto del trust, del constituyente, beneficiarios u otros trustees del trust; así como informar sobre la modificación o extinción del trust.

Nótese que estarán obligados a presentar dicha declaración informativa los sujetos domiciliados en el país que tengan la calidad de trustee al 31 de diciembre del 2016 en el plazo de vencimiento para la declaración y pago de las obligaciones tributarias del período de enero del 2017. Asimismo, también estarán obligados los sujetos que adquieran la calidad de trustee a partir del 1 de enero de 2017.