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9 de agosto del 2016

ESTABLECEN DEDUCCIÓN DE 50 UIT DE LA BASE IMPONIBLE DEL IMPUESTO PREDIAL A ADULTOS MAYORES NO PENSIONISTAS

El 21 de julio de 2016 se publicó la Ley No. 30490, la cual estableció un marco normativo para garantizar el ejercicio de los derechos de la persona adulta mayor, definida como aquella que tenga sesenta o más años de edad. Entre sus diversas disposiciones, se incluyó a los adultos mayores no pensionistas como sujetos beneficiarios de la deducción de 50 UIT sobre la base imponible del Impuesto Predial.

Este beneficio solo será aplicable para las personas adultas mayores no pensionistas propietarias de un solo predio, a nombre propio o de la sociedad conyugal, que sea destinado a vivienda de los mismos, y cuyos ingresos brutos no excedan de una UIT mensual.