INFORMATIVO TRIBUTARIO

Criterios de interpretación

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23 de agosto del 2016

EL TRIBUNAL FISCAL EMITE PRECEDENTE DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA SOBRE LA NATURALEZA DE LA TASA POR EXPLOTACIÓN COMERCIAL DE LOS SERVICIOS DE RADIODIFUSIÓN

El 18 de agosto de 2016, se publicó la Resolución del Tribunal Fiscal No. 02862-Q-2016, en la cual se ha establecido el siguiente precedente de observancia obligatoria: “La denominada ‘tasa por explotación comercial de los servicios de radiodifusión’ tiene naturaleza tributaria, y por consiguiente, el Tribunal Fiscal es competente para emitir pronunciamiento sobre los casos relacionados con dicho concepto. El tributo denominado ‘tasa por explotación comercial de los servicios de radio difusión’ califica como un impuesto”.