INFORMATIVO TRIBUTARIO

Criterios de interpretación

« Regresar

19 de abril del 2017

EL TRIBUNAL FISCAL EMITE CRITERIO DE OBSERVANCIA OBLIGATORIA EN RELACIÓN A LA DEVOLUCIÓN DEL SALDO A FAVOR DEL IR

El 8 de abril de 2017 se publicó la Resolución del Tribunal Fiscal No. 02486-4-2017, que establece un criterio de observancia obligatoria en relación a la posibilidad de modificar, mediante declaración jurada rectificatoria, la opción referida al destino del saldo a favor del Impuesto a la Renta consignado en la declaración jurada anual.

En el criterio establecido por el Tribunal Fiscal se señala lo siguiente:

  • Si se eligió la opción de compensación contra los pagos a cuenta del referido impuesto, puede modificarse ésta para pedir la devolución del saldo no compensado.
  • Si se eligió la opción de devolución, puede modificarse ésta para que el saldo que no ha sido materia de devolución sea compensado contra los pagos a cuenta. Ello procederá en la medida que la declaración jurada rectificatoria surta efectos conforme al Código Tributario.