INFORMATIVO TRIBUTARIO

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9 de agosto del 2016

DECLARAN FUNDADA DEMANDA DE AMPARO SOBRE BENEFICIOS TRIBUTARIOS POR CRÉDITO POR REINVERSIÓN

El lunes 25 de julio de 2016 fue publicada en el portal web del Tribunal Constitucional la Sentencia No. 02053-2013-PA/TC, la cual declara fundada la demanda de amparo presentada por la Universidad Peruana de Ciencias Aplicadas S.A.C. (“UPC”) y la Universidad Privada del Norte S.A.C. (“UPN”), la cual fue interpuesta contra la SUNAT con el objeto de que se ordene el cese de los efectos de la Ley No. 29766 (publicada el 23 de julio de 2011) en el extremo que otorga efectos retroactivos a la caducidad del crédito tributario por reinversión en el sector educativo que prevé el Decreto Legislativo No. 882. Según la mencionada Ley, este crédito tributario habría caducado el 31 de diciembre de 2008.

De acuerdo con la sentencia bajo comentario, el crédito tributario por reinversión del Decreto Legislativo No. 882 aplicable a UPC y UPN estuvo vigente respecto de los ejercicios 2009 a 2011 que fueron materia de discusión.