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APRUEBAN NUEVA LEY DEL RÉGIMEN LABORAL AGRARIO Y DE INCENTIVOS PARA EL SECTOR AGRARIO Y RIEGO, AGROEXPORTADOR Y AGROINDUSTRIAL
Mediante la Ley No. 31110, publicada el 31 de diciembre de 2020, se modificaron y establecieron una serie de beneficios tributarios y laborales aplicables al sector Agrario.
Con relación a los beneficios tributarios, las personas naturales o jurídicas cuyos ingresos netos no superen las 1,700 UIT (S/ 7,480,000) en el ejercicio gravable, deberán aplicar sobre su renta neta las siguientes tasas:
Ejercicios gravables | Tasas |
De 2021 a 2030 | 15% |
2031 en adelante | Tasa del Régimen General |
Por otro lado, las personas naturales o jurídicas cuyos ingresos superen las 1,700 UIT (S/ 7,480,000) en el ejercicio gravable aplicarán sobre su renta neta las siguientes tasas:
Ejercicios gravables | Tasas |
De 2021 a 2022 | 15% |
De 2023 a 2024 | 20% |
De 2025 a 2027 | 25% |
2028 en adelante | Tasa del Régimen General |
Asimismo, hasta el 31 de diciembre de 2025, se podrá depreciar a razón de 20% anual, el monto de las inversiones en obras de infraestructura hidráulica y obras de riesgo,
Finalmente, las personas naturales o jurídicas cuyos ingresos netos no superen las 1,700 UIT en el ejercicio gravable, podrán solicitar la devolución del 10% de la reinversión (vinculada principalmente al fortalecimiento de la agricultura mediante la implementación de sistema de riego tecnificado) de hasta 70% del monto de las utilidades anuales, luego del pago del IR del año 2021 al 2030.