Informativo Laboral

Actualidad

« Regresar

9 de febrero del 2016

Trabajador que utiliza vehículo con GPS y celular no necesariamente tiene derecho al pago por trabajo en sobretiempo

El uso de los recursos tecnológicos entregados por el empleador (tales como un vehículo con GPS y el celular), no puede suponer, en principio, una fiscalización inmediata del trabajador que los emplea, tal como señala la Resolución de Intendencia N° 184-2015-SUNAFIL/ILM, emitida por la Intendencia de Lima Metropolitana de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral.

La Intendencia indica que, en el caso, la empresa usaba el GPS para garantizar la seguridad de los vehículos, y el celular como un medio de comunicación con sus trabajadores. Por ello, la Intendencia establece que para concluir que existe una fiscalización inmediata resulta necesaria una investigación que ahonde en el uso que ejercía el empleador sobre dichas herramientas tecnológicas y el modo en que incidía en el control sobre la jornada y la prestación que realizaba el trabajador, a efectos de concluir si éste tiene o no derecho al pago por el trabajo en sobretiempo.