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6 de enero del 2016

Impedir el ingreso de un trabajador exonerado de ir a laborar durante el plazo para realizar sus descargos no constituye despido incausado.

En consideración de la Corte Suprema, el impedimento de ingreso de un trabajador que se encontraba exonerado de ir a laborar, por encontrarse en el marco de un procedimiento de despido durante el cual debía realizar sus descargos, no constituye un despido incausado. Esta postura es desarrollada en la Casación N° 11355-2014-Lima.

En el caso resuelto, el trabajador demandante se encontraba exonerado de acudir a su centro de labores debido a que era sujeto de un procedimiento de despido; sin embargo, se apersonó a su centro de labores siendo negado su ingreso por el personal de la empresa demandada. En opinión de la Corte, la actitud del demandante no resulta razonable pues debió esperar que su empleador se pronunciara expresamente sobre el procedimiento de despido instaurado en su contra, sea absolviéndolo o sancionándolo, circunstancia que no ocurrió.

Asimismo, la Corte indica que la situación antes descrita no puede llevar a presumir la existencia de un despido de hecho o incausado del trabajador que se apersonó a su centro de trabajo antes de recibir comunicación expresa de parte de su empleadora sobre la subsistencia de su contrato trabajo, pues el demandante sabía que su vínculo contractual se encontraba suspendido al encontrarse en trámite el procedimiento de despido, no debiendo asistir a su centro de labores en tanto no se lo comunicara la decisión empresarial final.