Panorama Constitucional

Temas de Derecho Constitucional y Procesal Constitucional

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1 de marzo del 2016

Conozca los alcances del derecho de propiedad vs el acto de expropiación como potestad del Estado a partir de una sentencia del Tribunal Constitucional

En nuestro editorial ya hemos adelantado ésta práctica un tanto habitual mediante la que el Estado realiza actos de expropiación que terminan convirtiéndose en actos de confiscación porque los realiza sin el previo pago de la indemnización justipreciada. Del artículo 70° de la Constitución se desprende que debido a su condición de garantía institucional además de derecho fundamental, el Estado tiene el deber constitucional de respetar, esto es, de ser el garante del derecho de propiedad. Por tanto, está sujeto al principio de legalidad y al derecho al debido proceso para que pueda adquirir válidamente una propiedad. Por ello, presentamos un trabajo que analiza la sentencia recaída en el Expediente N.° 1342-2012-PA/TC mediante la que el Tribunal Constitucional explica las razones por las cuales considera que, si bien es cierto, el derecho de propiedad no es absoluto, y cualquiera puede ser privado de él –pero sólo y exclusivamente, por causa de seguridad nacional o necesidad pública, declarada por ley, y previo pago en efectivo de la indemnización justipreciada–, sin embargo, y aun a pesar del mandato contenido en el numeral 70° de la Constitución muchas veces ello no es respetado.

Revise, en este enlace, la referida investigación.