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31 de diciembre del 2016

SERNANP modifica el Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, en materia de establecimiento de ANP de administración nacional y el Proceso de Categorización de Zonas Reservadas

Mediante Resolución Presidencial No. 338-2016-SERNANP, publicado el 30 de diciembre de 2016, el Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (en adelante, el «SERNANP») ha modificado la Única Disposición Transitoria y Final de las Disposiciones Complementarias al Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas en materia de establecimiento de Áreas Naturales Protegidas de administración nacional y el Proceso de Categorización de Zonas Reservadas, aprobadas mediante Resolución Presidencial No. 324-2014-SERNANP.

En ese sentido, la Dirección de Desarrollo Estratégico evaluará los procesos de categorización de las zonas reservadas creadas con anterioridad a la aprobación de la Resolución Presidencial No. 324-2014-SERNANP, a fin de determinar si procede su adecuación o no. De esa manera, en caso se quiera desafectar una zona reservada cuyo proceso (de transición hacia un Área Natural Protegida) fue iniciado con anterioridad a la publicación de la Resolución Presidencial No. 324-2014-SERNANP, será necesario que se expida una norma de igual rango a aquella que declaró la zona reservada.