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31 de agosto del 2016

SERFOR aprueba lineamientos técnicos para la ejecución de inspecciones oculares previas a la aprobación de planes de manejo forestal para el aprovechamiento con fines maderables

Mediante Resolución No. 190-2016-SERFOR/DE, de fecha 30 de agosto del 2016, el SERFOR aprobó los lineamientos técnicos para la ejecución de inspecciones oculares previas a la aprobación de planes de manejo forestal para el aprovechamiento con fines maderables, con el fin de uniformizar los criterios técnicos empleados por las Autoridades Forestales competentes.  

A través de estos lineamientos, el SERFOR ha establecido los indicadores que serán evaluados durante las inspecciones oculares. Para dichos efectos, establece los pasos y procedimientos comprendidos en cada una de las siguientes fases: (i) fase preparatoria a la inspección; (ii) fase de campo de la inspección; y, (iii) fase posterior a la inspección ocular.

Debe tenerse en cuenta que, si como resultado de la inspección ocular se determine la inexistencia de árboles declarados en el plan de manejo, esto será comunicado al órgano de la Autoridad Regional Forestal y de Fauna Silvestre a cargo de evaluar el inicio de un procedimiento administrativo sancionador, así como de las acciones penales que correspondan. En caso la inspección se lleve a cabo con posterioridad a la aprobación del plan de manejo, y se verifique lo antes mencionado, se comunicará al órgano de la autoridad encargada de determinar responsabilidad de los servidores o funcionarios involucrados en la aprobación.