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15 de diciembre del 2016

Se modifica la Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, y la Ley de Creación del Ministerio de Cultura

Mediante el Decreto Legislativo No. 1255, publicado el 7 de diciembre de 2016, se ha modificado la Ley No. 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación y la Ley No. 29565, Ley de Creación del Ministerio de Cultura. 

Entre las principales modificaciones a la Ley No. 28296, cabe resaltar las relacionadas con los siguientes aspectos: (i) la declaratoria de interés social y necesidad pública a la identificación, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, registro, inventario, declaración, protección, restauración, investigación, conservación, puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación y su restitución en los casos pertinentes; y, (ii) la facultad de imponer multas u ordenar la demolición de una obra pública o privada ejecutada en inmuebles integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación, cuando esta se realice sin contar con la autorización del Ministerio de Cultura o contando con ella, se compruebe que la obra se ha ejecutado incumpliéndose lo aprobado o autorizado por el Ministerio de Cultura.

Asimismo, se ha modificado los literales b) y v) del artículo 7 de la Ley No. 29565, estableciendo que son funciones exclusivas del Ministerio de Cultura: (i) realizar acciones de declaración, generación de catastro, delimitación, actualización catastral, investigación, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; e, (ii) implementar el catastro arqueológico nacional, así como el catastro de los otros bienes inmuebles del Patrimonio Cultural de la Nación, en coordinación con los demás sectores, los gobiernos regionales y los gobiernos locales.